Resumen: En el presente trabajo analizamos las circunstancias que obligan a las fundaciones a presentar el informe de auditoría externa. Para ello tomamos como punto de partida la Ley 19/1988, de 12 de julio, de auditoría de cuentas (en adelante LAC) y su posterior reglamento. Completa las cuestiones no contempladas en la legislación anterior la normativa específica en materia de fundaciones.
Los requisitos que exigen informe de auditoría a las entidades lucrativas son comparados con los de las fundaciones de competencia estatal. De la misma manera se buscan las semejanzas y diferencias que tienen entre sí dichas fundaciones con las de
ámbito autonómico.
Ponemos de manifiesto la falta de conexión entre la presentación de balance abreviado y la obligación de someter las cuentas a auditoría en las fundaciones, al contrario de lo que ocurre en las sociedades mercantiles.
También es objeto de estudio la normativa referente a la auditoría de las cuentas de las fundaciones que realicen directamente actividades industriales o mercantiles. Para finalizar exponemos los plazos de presentación de dicho informe y tratamos de
averiguar a quién corresponde financiarlo. Idioma: Español Año: 2000 Publicado en: Actualidad financiera 5, 4 (2000), 31-46 ISSN: 0213-6929 Tipo y forma: Artículo (PostPrint) Área (Departamento): Área Economía Finan. y Contab. (Dpto. Contabilidad y Finanzas)