Resumen: La maternidad subrogada, como técnica de reproducción asistida, se entiende prohibida en nuestro país de acuerdo con lo establecido en el art.10 LTRHA. No obstante, la ilegalidad de este método no impide que numerosas parejas acudan al RC español solicitando la inscripción de menores concebidos mediante este método en otros países. La insuficiente regulación para solucionar los problemas que derivan de esta situación, ha llevado a los Tribunales a interpretar las diferentes normas del ordenamiento jurídico español, no sin problemas ni debate. De ahí, el análisis de las distintas soluciones que se han aportado para las familias que se encuentren en esta situación irregular.