La intervención de humanidad: ¿paso adelante en la evolución del sistema de seguridad colectiva de las Naciones Unidas o nueva forma de imperialismo?

Aznar Jordán, Domingo Antonio
Salinas Alcega, Sergio (dir.)

Universidad de Zaragoza, 2016


Resumen: Constatando el hecho de que, aunque con la Carta de las Naciones Unidas, fruto de un largo periodo de limitación del uso de la fuerza, se ha llegado a la proscripción de la guerra fuera de los casos de legítima defensa y de una acción colectiva institucional, la guerra sigue existiendo como un hecho, fruto de la decisión y del raciocinio humano, se examina en este trabajo la evolución sufrida para dejar actos de fuerza impunes, como son los usos menores de la misma, los simples actos de agresión o los usos indirectos, para pasar a examinar si la intervención de humanidad, entendida como acción armada emprendida para proteger los derechos humanos y evitar el genocidio, la limpieza étnica, los crímenes de guerra o los crímenes contra la humanidad, puede ser considerada como una excepción a la prohibición del recurso a la fuerza armada. Para ello se analiza la evolución sufrida por el derecho internacional a partir de la década de los noventa del pasado siglo, como consecuencia de las atrocidades cometidas en la antigua Yugoslavia y en África debidas a conflictos internos, sin olvidar el contexto que en la actualidad presenta la sociedad internacional: un sistema internacional multipolar y heterogéneo, hasta llegar a la noción de "responsabilidad de proteger", con los problemas que presenta la puesta en ejecución de la misma, especialmente en lo concerniente a la soberanía de los estados y el órgano internacional que debería tomar la decisión de intervenir. También se estudia el régimen de la responsabilidad internacional de los estados por la violación de los derechos humanos de sus nacionales. Para completar el análisis, se efectúa un estudio de las dos últimas intervenciones de humanidad -una de ellas amparada por la responsabilidad de proteger-: la guerra de Kosovo y la intervención en la guerra de Libia. Como conclusión, se adelanta que la intervención de humanidad, incluso amparada por el concepto de responsabilidad de proteger, no constituye una excepción a la prohibición de la guerra; pero que no por ello se evitarán intervenciones armadas en terceros países utilizando como justificación la responsabilidad de proteger, con o sin autorización del consejo de seguridad de las naciones unidas, el cual, en muchas ocasiones se encontrará paralizado, porque la intervención de humanidad implica en sí misma, una ruptura del estatus quo de un estado o incluso de una región geopolítica y siempre va a constituir un acto de "imperium" de potencias exteriores.

Pal. clave: ciencias jurídica ; derecho

Área de conocimiento: Derecho internacional público

Departamento: Derecho Público

Nota: Presentado: 19 01 2016
Nota: Tesis-Univ. Zaragoza, Derecho Público, 2016

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 Registro creado el 2016-04-07, última modificación el 2019-02-19


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