Resumen: El objetivo principal de la cesión ilegal de mano de obra es eludir responsabilidades laborales, provocar insolvencias empresariales, o la reducción artificial de la mano de obra de la empresa con cualquier propósito. Estas relaciones de trabajo triangulares en el contrato de trabajo buscan la no aplicación de las normas más favorables al trabajador, creando un claro perjuicio para éste, poniendo a un tercero en el lugar del verdadero empresario. En términos generales, la interposición en las relaciones laborales se encuentra prohibida en el artículo 43 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, exceptuando la cesión de trabajadores realizada por las Empresas de Trabajo Temporal debidamente autorizadas (artículo 43.1 ET).