Resumen: El presente trabajo ofrece un análisis de la nueva modalidad de adopción. La adopción abierta permite al juez, previa propuesta de la Entidad Pública, establecer en algunos casos y cuando el interés del menor así lo aconseje, el mantenimiento de contacto entre el menor adoptado y su familia de origen a través de visitas o comunicaciones. Esta modalidad fue introducida en 2015 por la Ley 26/2015 de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia que reformó el artículo 178 del Código Civil, añadiendo a este un cuarto apartado.