Página principal > Tesis > Los derechos a la vida y a la integridad física en los sistemas regionales europeo y americano: un estudio jurisprudencial comparado
Resumen: El objetivo principal de este trabajo consiste en realizar un análisis comparativo de la jurisprudencia y práctica contenciosa de los sistemas regionales europeo e interamericano de protección de los derechos humanos en el ámbito concreto del derecho a la vida y a la integridad física. Se trata de llevar a cabo una evaluación de tipo general para resaltar las convergencias y divergencias más destacadas de ambos sistemas, así como sus influencias mutuas. Todo ello ha de servir de base para explicar las diferencias jurisprudenciales y de funcionamiento. Tras una contextualización de los sistemas regionales de protección de derechos humanos al amparo del sistema universal, el estudio se centra en la jurisprudencia sentada por ambos tribunales en los derechos a la vida y a la integridad física. También se analizan las confluencias y discrepancias de sus sentencias judiciales en materia de los derechos que asisten a una víctima reconocida de violación de estos derechos. Asimismo, por su especial importancia y relación con los derechos analizados, se aborda la desaparición de personas como ejemplo paradigmático de violación múltiple de derechos. Así, tras la introducción al tema de la tesis, se aborda un capítulo genérico que muestra la doble dimensión de los derechos civiles y políticos, es decir, las obligaciones de los Estados y los derechos de las víctimas, dado que es el marco común para todos los derechos de “primera generación”, entre los que se encuentran los que nos ocupan. En este capítulo se estudian aspectos esenciales para conocer el alcance de la protección internacional conferida a los derechos reconocidos convencionalmente. En este sentido, se abordan cuestiones como qué actos del Estado son objeto de control, la titularidad y la legitimación para recurrir, las obligaciones genéricas y específicas de los Estados, así como las consecuencias de su incumplimiento. Además, y como una forma específica de incumplimiento especialmente grave, se ha estimado oportuno realizar una especial consideración a las últimas novedades respecto de las leyes de amnistía en Chile, Argentina, Colombia, El Salvador, Croacia y España. Desde la perspectiva de las víctimas, se aborda quiénes tienen derecho a la reparación, analizando el concepto novedoso de víctima colectiva, y el contenido específico de sus derechos, es decir, la tríada justicia, verdad y reparación. Dentro del derecho a la reparación, se estudia la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción, la cesación y las garantías de no repetición, mostradas mediante ejemplos contenciosos ilustrativos de medidas legislativas o de políticas públicas dirigidas a cambiar una situación estructural de origen normativo, práctica incorrecta o déficit institucional en los dos sistemas. Constituye la pretensión fundamental del capítulo segundo la profundización en el estudio comparativo jurisprudencial sobre el derecho a la vida. El derecho a la vida tiene un carácter prioritario, desde el momento en que se considera como un prerrequisito para el disfrute del resto de derechos humanos. Como derecho inderogable, su cuidado y atención debe ser especial en las situaciones que entrañan un riesgo por excelencia para la misma. De ahí que se analice su interpretación en los casos en que el Estado despliega una fuerza letal, los escenarios bélicos y las condiciones en las que se aplican las penas de muerte. Ello se examina tanto en el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos como en los sistemas regionales. Igualmente se analizan las obligaciones, positivas y negativas, de los Estados a la luz de sus respectivos textos convencionales regionales, así como sus excepciones: la arbitrariedad, la proporcionalidad y la intencionalidad. Dentro del derecho a la vida, tres son las situaciones que actualmente están planteando ciertos problemas jurídicos por su definición, práctica y debate acerca de su legalidad o ilegalidad, donde los conceptos tienen márgenes de no fácil deslinde y delimitación. En particular, se aborda desde el punto de vista analítico, no ético, la muerte asistida o derecho a morir, la protección de la vida del no nacido y la pena de muerte. El punto de partida para su consideración son los textos legales, las sentencias y la doctrina al respecto. La muerte asistida, que se contempla en el sistema europeo –el interamericano todavía no se ha pronunciado al respecto-, parte de una situación de conflicto de intereses entre el respeto a la vida privada, la autonomía personal y el deber del Estado de salvaguardar la vida, que se resuelve mediante la ponderación de los mismos a fin de valorar cuál ha de prevalecer, pues se lesiona la vida pero se protegen la libertad del individuo, el derecho a no ser sometido a tratos inhumanos o degradantes y la vida privada. Respecto a la protección de la vida del no nacido, de nuevo se origina una ponderación de intereses y derechos que, en el caso europeo, deja amplio margen de apreciación a los Estados y que, por el contrario, en el americano es más restrictivo. Por otra parte, en cuanto a la pena de muerte, la mayor diferencia entre ambos sistemas, como se demuestra, es que si bien en el sistema americano no llega a la supresión, sí prohíbe la extensión de su uso y su restablecimiento una vez abolida, por lo que es notoria la tendencia a su reducción; por el contrario, en el sistema europeo formal y materialmente está muy restringida, lo cual no ha impedido que algunos países sigan aplicándola. El derecho a la integridad física es tratado en el capítulo tercero. Como componente esencial de la existencia, ya sea en el plano físico o en el mental, incluye la prohibición de la tortura o de inferir penas o tratos de carácter cruel, inhumano o degradante. Partiendo del marco regulador de la protección de este derecho en el sistema universal, se pasa a la consideración de la obligación estatal de no atentar contra la integridad personal y sus excepciones en ambos sistemas regionales. Especial consideración se tendrá en fijar la distinción entre tortura, trato cruel, inhumano o degradante, así como la responsabilidad del Estado en función de si es un funcionario o un particular el que viola el derecho. De acuerdo con el esquema desarrollado en el derecho a la vida, las obligaciones positivas y negativas de los Estados en ambos sistemas regionales son objeto de examen pormenorizado. Particular atención tendrá a este respecto la prohibición de expulsión, extradición y devolución de una persona a otro Estado cuando existan razones fundadas para creer que esa persona estaría en peligro de ser sometida a tortura, incluso cuando el riesgo en el país receptor emana de otras fuentes que no sean las autoridades estatales. Estas obligaciones estatales adquieren una especial relevancia ante las personas privadas de libertad, de ahí que les dediquemos un epígrafe específico. Por último, se aborda el derecho a la reparación de las víctimas de violación del derecho a la integridad, dado que la reparación debe ser plena, eficaz y ofrecer una compensación económicamente cuantificable por los perjuicios. Las medidas, como se verá, pueden ser de muy diversa índole y alcance. El capítulo IV está dedicado al análisis de las desapariciones de personas como caso paradigmático por excelencia de violación múltiple y continúa de derechos, entre los que se incluyen los derechos a la vida y a la integridad física. Para su estudio, se presenta una descripción del concepto y de su regulación en las normas internacionales, centrando el tema en la respuesta al fenómeno que de la desaparición de personas se han dado en los países miembros de estos dos sistemas regionales de protección de los derechos humanos. En cuanto a Europa, el tema se propone desde un estado de la cuestión que atiende a la jurisprudencia y a la práctica llevada a cabo por algunos Estados analizados por el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa en diferentes informes, mostrando ejemplos de su aplicación en países como Chipre, España, Irlanda del Norte, Turquía o Ucrania. Se finaliza con el planteamiento de sus principales desafíos, pues si bien es cierto que algunos Estados han realizado progresos considerables, otros escenarios nacionales se caracterizan por la inercia de inacciones previas y la impunidad, con escollos en leyes internas, obstáculos a la búsqueda o ausencia de programas de reparación. Además, se ha contextualizado la situación del Estado español. Respecto del sistema interamericano, su Corte tuvo un papel clave en la consolidación internacional dado que su jurisprudencia fue precursora de un tratamiento comprensivo de la gravedad y del carácter continuado o permanente y autónomo de esta figura. Para ello se tendrán en consideración los elementos constitutivos según la Corte Interamericana, la definición, la calificación de estas violaciones y los derechos vulnerados para, de este modo, adentrarnos en las consecuencias actuales de esas violaciones en varios Estados como Argentina, Brasil, Chile, Colombia y Uruguay, pues aunque acaecidas mayoritariamente en la época de las llamadas “dictaduras del Cono Sur”, siguen produciendo efectos hoy. Al objeto, se han planteado algunas observaciones sobre jurisprudencia comparada, en el marco de ejemplos de buenas prácticas. Por último, la parte final de la investigación comprende tanto las conclusiones obtenidas partiendo de los objetivos perseguidos y de la hipótesis de partida, que muestran los resultados alcanzados y las aportaciones realizadas, como la lista de referencias bibliográficas y documentales utilizadas. En suma, con base en lo anteriormente descrito y desde la hipótesis de partida planteada, es decir tras el estudio de la jurisprudencia del TEDH y de la Corte IDH sobre los respectivos Estados, así como la influencia recíproca entre ambas jurisdicciones, se ha realizado un análisis comparado de la jurisprudencia de los sistemas regionales europeo y americano, especialmente de los últimos años, en dos derechos concretos, el derecho a la vida y el derecho a la integridad física. El objeto de esta tesis ha consistido en resaltar las convergencias y divergencias más destacadas, sus influencias mutuas, para así evaluar los principales problemas detectados y plantear posibles alternativas de mejora en la protección de dichos derechos. No obstante, aún con sus defectos, se puede concluir que ambos sistemas han sentado las bases y colaborado en el desarrollo del Derecho internacional de los derechos humanos y, que a pesar de partir de contextos muy diferentes, la convergencia de estándares se ha acrecentado con el paso del tiempo, con influencias mutuas directas.