Resumen: Teniendo en cuenta que el crimen organizado ha alcanzado unos altos niveles de complejidad, tanto a nivel logístico como económico, es necesario que los encargados de la persecución criminal utilicen nuevas formas de investigación que penetren en la estructura organizativa de las diferentes bandas criminales. Frente a esta situación, la Ley Orgánica 5/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada con el tráfico ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves, introdujo en su artículo 282 bis un nuevo medio extraordinario de investigación: el agente encubierto.