Resumen: Las cláusulas de vencimiento anticipado suelen incorporarse al contenido de los contratos de préstamo hipotecario, pudiendo definirse como aquellas que otorgan al prestamista la facultad de poner fin al contrato y reclamar la totalidad de la deuda cuando se produzcan determinadas circunstancias previstas en la propia cláusula. En nuestro ordenamiento jurídico son una manifestación del principio de autonomía de la voluntad de las partes consagrado en el art. 1255 CC. A lo largo de la última década, ha existido todo un debate jurisprudencial y doctrinal alrededor de la validez de ciertas cláusulas de vencimiento anticipado. Como resultado, tanto el TJUE como la Sala 1ª del TS han dictado numerosas sentencias relativas al posible carácter abusivo de dichas cláusulas. Se debe reseñar la importancia de las sentencias de los Altos Tribunales, dado que con sus posicionamientos han otorgado ciertas directrices para guiar a una convulsa jurisprudencia menor, así como una orientación de los efectos materiales y procesales en el caso de declararse abusiva. Asimismo, se realizará un análisis de la elaboración por el legislador de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, puesto que ha introducido relevantes modificaciones en las cláusulas de vencimiento anticipado englobadas en un específico ámbito de aplicación. Además, introduce un relevante derecho transitorio con la intención de aportar claridad en esta cuestión.