Resumen: El auge del turismo activo en España conlleva la necesidad de analizar hasta qué punto la normativa tiene presente las especiales peculiaridades de esta tipología turística. El desarrollo de actividades en la naturaleza y la existencia con ello de un componente de riesgo para el turista son aspectos que no pueden pasar desapercibidos y que requieren un tratamiento jurídico adecuado. El control administrativo de la actividad de las empresas de turismo activo, tanto a la hora de iniciar su actividad, como en su desarrollo, de las actividades son elementos imprescindibles que ayudan a generar una esfera de protección sobre el turista, todo ello sin obviar la problemática en cuanto a la responsabilidad de la empresa ante accidentes sufridos por los turistas. Idioma: Español Año: 2016 Publicado en: Administración de Andalucía 95 (2016), 53-83 ISSN: 1130-376X Financiación: info:eu-repo/grantAgreement/ES/MINECO/DER2015-6734 Tipo y forma: Artículo (Versión definitiva)