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            <surname>Alcázar Ortiz</surname>
            <given-names>Sara</given-names>
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        <year>2021</year>
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    <abstract>Una de las distintas relaciones laborales especiales reguladas en el Estatuto de los Trabajadores es aquella en la que los trabajadores ejercitan poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa y relativos a los objetivos generales de la misma, con autonomía y plena responsabilidad. Más concretamente, se formaliza en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección. Sin embargo, a pesar de que las características de este tipo de relación laboral especial quedan recogidas en dicho texto normativo, debido a la especial confianza que fundamenta la relación del alto directivo con la empresa y la autonomía de la voluntad; el grado de responsabilidad que manifiesta; el otorgamiento de facultades que correspondan con aspectos trascendentales de la actividad de la empresa y sus objetivos, lo cual conlleva a tener un amplio conocimiento sobre la estructura y dinámicas de la empresa; y su nivel retributivo, extreman la necesidad de un contrato que contemple todas las posibles problemáticas que puedan surgir.&lt;br /&gt;</abstract>
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  <article-type>TAZ</article-type>
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