Programas de inteligencia artificial (IA): límites en el ámbito jurídico
Resumen: El trabajo da cuenta de la relevancia que tiene tomar precauciones ante actitudes que se muestran a favor de señalar que las actividades profesionales de jueces, abogados y profesionales del derecho en general, pueden ser realizadas / ejercidas directa o indirectamente por el propio funcionamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs). Ello es así porque este auxilio a las actividades jurídicas (interpretación, aplicación, creación de normas, creación de dogmas y acceso a textos jurídicos), realizadas siempre con relación a textos jurídicos, debe ser regulado precisamente. La reflexión es necesaria porque existen varias propuestas que contradicen, aparentemente, esta idea; es el caso del desarrollo de “programas de IA” que realicen actividades jurídicas profesionales, en cuanto que su posible puesta en acción, constituye una amenaza al funcionamiento del Estado de Derecho.

https://buscalegis.ufsc.br/revistas/index.php/observatoriodoegov/article/view/395/238

Idioma: Español
Año: 2023
Publicado en: Democracia Digital e Governo Eletrônico 1, 23 (2023), 2-11
ISSN: 2175-9391

Originalmente disponible en: Texto completo de la revista

Tipo y forma: Artículo (Versión definitiva)

Creative Commons Debe reconocer adecuadamente la autoría, proporcionar un enlace a la licencia e indicar si se han realizado cambios. Puede hacerlo de cualquier manera razonable, pero no de una manera que sugiera que tiene el apoyo del licenciador o lo recibe por el uso que hace. No puede utilizar el material para una finalidad comercial. Si remezcla, transforma o crea a partir del material, no puede difundir el material modificado.


Exportado de SIDERAL (2023-08-30-09:58:29)


Visitas y descargas

Este artículo se encuentra en las siguientes colecciones:
Artículos



 Registro creado el 2023-08-30, última modificación el 2023-08-30


Versión publicada:
 PDF
Valore este documento:

Rate this document:
1
2
3
 
(Sin ninguna reseña)