Contratos públicos y límites para los licitadores, bienes y servicios de países terceros: Evitar la
Resumen: Pese a que la promoción de la concurrencia es uno de los ejes vertebradores de la contratación pública, esta finalidad debe cohonestarse con la fijación de ciertas limitaciones, tanto a la participación de operadores en cuyos países de origen las licitaciones permanecen cerradas a los empresarios de la Unión, como para el acceso de productos y servicios obtenidos mediante un proceso productivo sin iguales garantías. A la vista de estas consideraciones, y sin perjuicio de lo que se prevea en los acuerdos internacionales aprobados al efecto, se han planteado distintas medidas correctoras. Así, se ha vinculado la capacidad para contratar a la aplicación del principio de reciprocidad en las licitaciones, se ha puesto el acento sobre la promoción de la calidad y el respeto de elevados estándares medioambientales y sociales, se han establecido preferencias a favor de quienes abran sus mercados de contratación, o incluso se ha defendido la introducción de un sistema de incrementos artificiales en el precio de aquellas ofertas que integren prestaciones originarias de países donde existan restricciones
Idioma: Español
Año: 2022
Publicado en: Civitas. Revista española de derecho administrativo 217 (2022), 175-216
ISSN: 0210-8461

Financiación: info:eu-repo/grantAgreement/ES/MCIU/PID2019-109128RB-C21
Tipo y forma: Artículo (Versión definitiva)
Área (Departamento): Área Derecho Administrativo (Dpto. Derecho Público)

Derechos Reservados Derechos reservados por el editor de la revista


Exportado de SIDERAL (2024-01-25-15:15:04)


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 Registro creado el 2024-01-25, última modificación el 2024-01-25


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