000135802 001__ 135802 000135802 005__ 20240614152632.0 000135802 037__ $$aTESIS-2024-251 000135802 041__ $$aspa 000135802 1001_ $$aMenéndez Conca, Lucas Gabriel 000135802 24500 $$aLa responsabilidad «penal» de las personas jurídicas por los delitos cometidos por sus integrantes: la controvertida naturaleza jurídica del sistema de atribución y de exención de responsabilidad 000135802 260__ $$aZaragoza$$bUniversidad de Zaragoza, Prensas de la Universidad$$c2024 000135802 300__ $$a667 000135802 4900_ $$aTesis de la Universidad de Zaragoza$$v2024-243$$x2254-7606 000135802 500__ $$aPresentado: 25 03 2024 000135802 502__ $$aTesis-Univ. Zaragoza, , 2024$$bZaragoza, Universidad de Zaragoza$$c2024 000135802 506__ $$aby-nc$$bCreative Commons$$c3.0$$uhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/3.0/es 000135802 520__ $$aLa introducción de la responsabilidad «penal» de las personas jurídicas en el Código Penal tuvo su origen en una decisión estrictamente política en la que prevalecieron los argumentos político-criminales (de signo utilitarista), no exentos de críticas, que había aducido un sector de la doctrina en favor de este cambio. Se podrá criticar la conveniencia de que se hayan incluido los arts. 31 bis y concordantes en el Código Penal, pero se ha de reconocer que este régimen de responsabilidad corporativa ha llegado para quedarse. Sin embargo, ello no significa en absoluto que debamos resignarnos a aceptar que las personas jurídicas han adquirido capacidad delictiva, puesto que, como se explica en este trabajo, estas entidades continúan careciendo de capacidad de acción, de culpabilidad y de soportar la pena, por lo que se trata, en realidad, de un régimen de responsabilidad solo formalmente penal.<br />En el análisis de esta regulación es preciso pronunciarse sobre el modelo vigente en el Código Penal para atribuir responsabilidad «penal» a las personas jurídicas. Durante estos años la doctrina ha discutido intensamente si en los arts. 31 bis y ss. CP se ha adoptado un modelo de autorresponsabilidad penal corporativa, un modelo vicarial o de heterorresponsabilidad o un sistema mixto o híbrido. Optar por una u otra postura tiene consecuencias de gran relevancia práctica, especialmente en materia probatoria. También es necesario efectuar un análisis crítico de los presupuestos que permiten atribuir responsabilidad «penal» a las personas jurídicas.<br />Tras la reforma del Código Penal del año 2015 las personas jurídicas pueden quedar exentas de responsabilidad «penal» si se cumplen ciertas condiciones, entre las que se encuentra la adopción y ejecución eficaz, antes de la comisión del delito, de un modelo de organización y gestión (compliance program) que incluya las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión. Una parte importante de este trabajo se dedica al estudio de la controvertida naturaleza jurídica de esta exención (o, en su caso, atenuación) de responsabilidad en que pueden incurrir estas entidades.<br /> 000135802 520__ $$a<br /> 000135802 521__ $$97089$$aPrograma de Doctorado en Derechos Humanos y Libertades Fundamentales 000135802 540__ $$9info:eu-repo/semantics/openAccess 000135802 6531_ $$aderecho penal 000135802 6531_ $$adelincuencia 000135802 6531_ $$acriminalidad 000135802 6531_ $$aorganización y gestión de empresas 000135802 691__ $$a16 000135802 692__ $$aPromover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles. 000135802 700__ $$aBoldova Pasamar, Miguel Ángel $$edir. 000135802 7102_ $$aUniversidad de Zaragoza$$b 000135802 830__ $$9501 000135802 8560_ $$fcdeurop@unizar.es 000135802 8564_ $$s6993148$$uhttps://zaguan.unizar.es/record/135802/files/TESIS-2024-251.pdf$$zinfo:eu-repo/date/embargoEnd/2026-03-25 000135802 909CO $$ooai:zaguan.unizar.es:135802$$pdriver 000135802 909co $$ptesis 000135802 9102_ $$aCiencias Sociales y jurídicas$$b 000135802 980__ $$aTESIS