El nuevo régimen de responsabilidad de los consejeros de sociedades mercantiles estatales: ¿hacia la irresponsabilidad por la gestión de sociedades públicas?
Resumen: La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el marco de la modernización de la regulación de la sector público institucional en el que se incardinan las sociedades mercantiles estatales, ha introducido un régimen especial de responsabilidad aplicable a los integrantes del consejo que tengan la condición de empleados públicos. La responsabilidad que le corresponda al empleado público como miembro del consejo será asumida directamente por la Administración General del Estado. Al mismo tiempo, la Administración General del Estado podrá exigir, de oficio, a dicho empleado público la responsabilidad en que hubiera incurrido por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando concurriera dolo, o culpa o negligencia graves, conforme a lo previsto en las normas administrativas. Este trabajo tiene por objeto determinar con claridad el ámbito de aplicación de esta norma y su contenido en conexión con la regulación societaria de la responsabilidad de los administradores
Idioma: Español
Año: 2016
Publicado en: Revista de derecho de sociedades 47 (2016), 129-169
ISSN: 1134-7686

Financiación: info:eu-repo/grantAgreement/ES/MINECO/DER2015-67317-P
Tipo y forma: Artículo (Versión definitiva)

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Exportado de SIDERAL (2025-01-17-14:35:34)


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