TAZ-TFG-2023-078


El esquirolaje en el derecho fundamental a la huelga.

Farjas Ramo, Cristina
Yranzo Gracia, María Ángeles (dir.)

Universidad de Zaragoza, DER, 2023

Programa conjunto en ADE/DERECHO (Grados)

Resumen: El derecho a huelga está recogido en el artículo 28.2 de la Constitución Española, tratándose por ello de un derecho fundamental. El presente trabajo comienza haciendo un recorrido histórico de la evolución del derecho a huelga y continúa con un profundo análisis de la titularidad del derecho, los límites y el ejercicio del mismo. Posteriormente, se centra en el esquirolaje, es decir, la sustitución por parte del empresario de los trabajadores huelguistas por otros para paliar los efectos del paro de la actividad, quitando así efectividad al derecho a huelga, práctica que está prohibida. El foco del trabajo se encuentra en los últimos apartados cuando se estudia la licitud o ilicitud del esquirolaje, en especial el tecnológico, término que cobra importancia en los últimos años, cuando los medios tecnológicos están siendo capaces de reemplazar el trabajo realizado por el capital humano de las empresas. Asimismo se analiza la doctrina científica, la jurisprudencia constitucional y la ordinaria sobre esta cuestión.

Tipo de Trabajo Académico: Trabajo Fin de Grado

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