La esencia de la definición del patrimonio cultural inmaterial : su elemento subjetivo
Resumen: Determinar qué manifestaciones son susceptibles de incluirse en el patrimonio cultural inmaterial requiere la conjugación de diversos elementos, de los que resultan fundamentales los referidos a su carácter vivo, representativo, contextual, relacionado en ocasiones con bienes materiales y, en todo caso, vinculado a una comunidad portadora que lo reconoce como propio, lo preserva y lo transmite. Como se ve, ninguna de estas características se puede definir de forma sencilla, puesto que todas ellas presentan cierto grado de discrecionalidad. Este es el motivo por el que, más allá de las amplias definiciones positivas contenidas en los textos normativos aplicables, se propone una definición del patrimonio cultural inmaterial con especial primacía de su elemento subjetivo.
Idioma: Español
DOI: 10.18042/cepc/rap.215.10
Año: 2021
Publicado en: Revista de administración pública 215 (2021), 261-288
ISSN: 0034-7639

Financiación: info:eu-repo/grantAgreement/ES/DGA/S22-20R
Tipo y forma: Artículo (Versión definitiva)
Área (Departamento): Área Derecho Administrativo (Dpto. Derecho Público)

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Exportado de SIDERAL (2026-03-06-14:50:00)


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 Registro creado el 2026-03-06, última modificación el 2026-03-06


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