Resumen: El Proyecto de reforma del Código penal español de octubre de 2013 ha previsto la supresión del Libro III de dicho Código, que contiene las faltas. Las mayor parte de las mismas pasan a ser consideradas delitos leves, otra parte se convierte en ilícitos administrativos y, finalmente, otras se remiten a la jurisdicción civil. El principio de intervención mínima y la necesidad de racionalizar el uso la Administración de Justicia aparecen como motivos principales de esa decisión. Las consecuencias para el ciudadano de tales cambios pueden ser nefastas en relación con el derecho a la tutela judicial efectiva y con el principio de igualdad ante la ley. El poder legislativo debería estudiar más detenidamente el modelo elegido para delimitar lo ilícito penal del resto de ilícitos de otros sectores del ordenamiento jurídico. Idioma: Español Año: 2014 Publicado en: Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología 16 (2014), 12:1-20 ISSN: 1695-0194 Originalmente disponible en: Texto completo de la revista