Resumen: La modificación sustancial de las condiciones de trabajo, potestad atribuida al empleador o empresario, se basa en la consecución de aquellas medidas adoptadas por la dirección de la empresa, que estén fuera de la generalidad de sus capacidades de dirección y organización, y que afecten a las materias reguladas en el artículo 41 de la LET de forma notoria y esencial. Para el ejercicio de dicha potestad, serán requisitos indispensables que la mencionada medida suponga un cambio sustancial como decíamos y que concurra una causa objetiva motivadora de la decisión unilateral del empresario. No obstante, la reforma laboral de 2012 ha supuesto una mayor flexibilidad en la adopción de medidas de este tipo por el empresario, confiriendo así una mayor libertad de empresa.