000044343 001__ 44343
000044343 005__ 20170831221126.0
000044343 037__ $$aGDOC-2011-0717
000044343 041__ $$aspa
000044343 100__ $$0(orcid)0000-0002-2846-7935$$aSesma Urzáiz, María Victoria
000044343 24500 $$927701$$aDerecho romano
000044343 260__ $$aZaragoza$$bUniversidad de Zaragoza$$c2011-2012
000044343 520__ $$a            El Derecho Romano es el sustrato común de todos los ordenamientos jurídicos europeos y por ello se estudia como asignatura básica troncal dentro del primer curso del Grado de Derecho.              La finalidad inmediata de la asignatura es dar un conocimiento completo, tanto en su vertiente pública (derecho público/ius publicum, “el que concierne a la cosa pública (res publica)”) como privada (derecho privado/ius privatum, “el que se refiere a la utilidad y a las relaciones entre los particulares”), del ordenamiento jurídico romano, sistema completo y modelo clásico de gran parte de la instituciones de nuestro derecho vigente.                El estudio se centra, así, en el conocimiento de las instituciones político-constitucionales que a lo largo de las diferentes formas de gobierno rigieron Roma (monarquía, república, principado y dominado o imperio); las fuentes de producción del derecho correlativas a cada una de dichas etapas; la terminología jurídica y la lógica perenne de la argumentación jurídica desarrollada por la jurisprudencia clásica y recibida por nuestro derecho; y en el conocimiento de los fundamentos de las instituciones jurídico-privadas encuadrados en el ámbito socio-político de creación, Roma, su evolución y posterior recepción por los Ordenamientos jurídicos modernos.               De igual modo, la finalidad mediata de la materia es mostrar  la perspectiva histórica del derecho, como agregado lógico e histórico de experiencias colectivas, como resultado en cada momento histórico, de muchos siglos de esfuerzo por hallar las reglas más adecuadas para la convivencia social. Es por todo ello que la enseñanza del derecho romano -quizá la experiencia jurídica más paradigmática de la historia europea- debe seguir contribuyendo -como lo ha hecho regularmente desde el descubrimiento de un manuscrito del Digesto en la Bolonia del siglo XI, y que diera lugar a la primera universidad europea-, a la conformación de un talante y una mentalidad jurídica, que haga de la lucha por la justicia un elemento inherente al quehacer vital del jurista, y le faculte para interpretar la cambiante normativa, sujeta a las cambiantes realidades sociales, económicas e ideológicas, siendo asimismo deseable que quienes se inicien en el proceso de formación como juristas, procuren la interiorización progresiva de valores como la consideración del Derecho como una experiencia jurídica colectiva, la fundamentación ética del derecho, el logro de una razón ilustrada y armónica y el compromiso intelectual frente al silencio abstencionista de los técnicos. ......................................................................
000044343 521__ $$9132$$aGraduado en Derecho
000044343 540__ $$aby-nc-sa$$bCreative Commons$$c3.0$$uhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/
000044343 700__ $$aFrechilla Ibáñez De Garayo, Jesús
000044343 700__ $$0(orcid)0000-0002-5793-3587$$aMartínez De Morentin Llamas, María Lourdes
000044343 700__ $$0(orcid)0000-0003-3802-6137$$aLozano Corbi, Enrique Andrés
000044343 700__ $$0(orcid)0000-0001-8074-1914$$aFreixas Pujadas, Juan
000044343 830__ $$9421
000044343 8564_ $$s153871$$uhttps://zaguan.unizar.es/record/44343/files/guia.pdf$$yGuía (idioma español)
000044343 980__ $$aGDOC$$bCiencias sociales$$c102