Resumen: El día 27 de noviembre de 2014 se aprobaron tres leyes que vinieron a introducir modificaciones de calado en los principales conceptos del sistema tributario español. Se trata de las Leyes 26, 27 y 28, de 2014, referidas, respectiva y principalmente, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), al Im- puesto sobre Sociedades y al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), aunque de manera accesoria incidían en otras figuras. Se modificaban las leyes vigentes de IRPF e IVA, pero se introducía una nueva ley en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades. Todo ello se publicaría en el BOE, 288, de 28 de noviembre.
Mediante esta nota estudiaremos en qué medida incide la reforma fiscal en las entidades locales y sus personificaciones dependientes, teniendo en consideración que no es ninguna anomalía que los presupuestos de las obligaciones tributarias recaigan sobre sujetos públicos.
Por su envergadura y carácter novedoso es la modificación de la Ley del IVA, sin duda, la más interesante. A ello dedicaremos buena parte de este trabajo, aunque veamos también lo que ha sucedido en relación con las restantes obligaciones.
Aprovecharemos el momento y apuntaremos los cambios que puede suponer en las obligaciones fiscales de las entidades locales aragonesas –en el impuesto sobre la contaminación de las aguas o ICA– la recientemente aprobada Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón (BOA, 241, de 10 de diciembre), ello con la compañía de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015 (BOA, 256, de 31 de diciembre). Idioma: Español Año: 2015 Publicado en: Anuario aragonés de gobierno local 6 (2015), 437-448 ISSN: 2172-6531 Tipo y forma: Artículo (Versión definitiva) Área (Departamento): Área Dcho. Financiero y Tribu. (Dpto. Derecho de la Empresa)