Resumen: El estudio del tema «El acuerdo extrajudicial de pagos y la figura del Mediador Concursal» se basa principalmente en el análisis del Título X de la Ley Concursal introducido en el año 2013 y en la reforma que dicho texto ha experimentado en el año 2015, ya que esta ha influido de manera considerable en la regulación de dichos acuerdos. En dicho año 2013, se implantaron en nuestro ordenamiento jurídico los acuerdos extrajudiciales de pagos, los cuales se basan en un procedimiento de negociación previo y alternativo a los ya regulados en la LC, y cuya competencia es atribuida a un profesional versado en la materia, denominado Mediador Concursal. De hecho la figura clave y que da sentido al acuerdo extrajudicial de pagos es el Mediador Concursal, y es por ello que en este trabajo se analiza en profundidad su posición tanto de una forma teórica como práctica.