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TAZ-TFG-2017-2775
La eficacia civil de los matrimonios de las minorías religiosas en el ordenamiento español. La eficacia civil de los matrimonios de las minorías religiosas en el ordenamiento español.
Resumen: Ante la diversidad cultural y religiosa presente en la sociedad española en el tiempo que nos concierne, es necesario abordar la cuestión del reconocimiento civil del matrimonio de las minorías religiosas en el Código Civil español. En España, producen efectos civiles los matrimonios evangélico, judío e islámico en referencia a los Acuerdos de cooperación de 1992 con la FEREDE, la FCJE y la CIE. Pero con las novedades que introduce la Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria, de 2 de julio, los matrimonios de las confesiones que tengan notorio arraigo se incorporan al sistema equiparándose al resto de confesiones que ya disfrutaban de esta realidad. Su objetivo último es el de promover las condiciones y remover los obstáculos que impiden el ejercicio efectivo del derecho de libertad religiosa.