Resumen: El desarrollo de este trabajo se centra en el estudio y análisis de la intervención de las comunicaciones telefónicas y electrónicas en la instrucción del proceso penal. Su regulación se encuentra en el Capítulo V del Título VIII de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no obstante, ciertas lagunas que deja la Ley han sido completadas doctrinalmente y por abundante jurisprudencia, las cuales serán también expuestas en el presente trabajo. Una parte importante del mismo es un pequeño análisis del actual sistema de intervención de las telecomunicaciones (SITEL), que utilizan las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado por orden judicial, para investigar presuntos delitos. Por último, y en gran medida debido a la polémica que existe en cuanto a la aceptación o no de pruebas lícitas pero obtenidas a través de otras que no lo son, se hará una mención a la eficacia refleja de la prueba prohibida y sus distintas corrientes.