Régimen jurídico de los bienes de interés cultural de los monasterios y conventos que dejan de estar habitados
Resumen: Este artículo analiza cuál es la situación legal en que quedan los bienes de los monasterios y conventos que deben cerrarse. Se trata de un fenómeno cada vez más frecuente en países de antigua tradición cristiana —como es el caso de España— que están atravesando una situación de progresiva secularización. Tanto los inmuebles como los bienes muebles suelen tener un importante valor histórico-artístico, lo que afecta a su uso y tratamiento jurídico. Se comienza estudiando los mecanismos que prevé el Derecho canónico para suprimir una casa. A partir de aquí, se podrá conocer quién será el nuevo propietario de los bienes. Será preciso afrontar también cuál es el régimen jurídico-canónico y civil que afecta a su conservación y, en su caso, al traslado de los objetos.
Idioma: Español
Año: 2017
Publicado en: Revista española de derecho canónico 74, 182 (2017), 159-194
ISSN: 0034-9372

Originalmente disponible en: Texto completo de la revista

Financiación: info:eu-repo/grantAgreement/ES/MINECO/DER2015-65785
Tipo y forma: Artículo (Versión definitiva)
Área (Departamento): Área Dcho.Eclesiástico Estado (Dpto. Derecho Público)

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Exportado de SIDERAL (2019-01-18-09:41:06)


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 Registro creado el 2019-01-18, última modificación el 2019-01-18


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