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TAZ-TFG-2020-2796
RÉGIMEN DE LOS APELLIDOS EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO ESPAÑOL. Hipótesis del caso de los ciudadanos rumanos que adquieren la nacionalidad española
Resumen: El presente trabajo estudia la problemática existente en torno a la ley aplicable al nombre y apellidos en Derecho Internacional Privado, así como la vulneración al derecho de la libre circulación de ciudadanos en la Unión Europea. Finalmente se abordará el caso del ciudadano rumano que adquiere la nacionalidad española y la posterior inscripción de su nombre en el Registro Civil español. La regulación del nombre y apellidos de los ciudadanos es una competencia exclusiva de cada Estado, que establece sus propias normas según su tradición cultural e intereses. Esta diversidad en Derecho comparado es susceptible de plantear controversia cuando varias leyes nacionales son aplicables a un mismo sujeto, de forma que se le reconocen distintos apellidos en función de cada ordenamiento. A nivel internacional, la libre determinación de los apellidos del individuo ha sido reconocida como un derecho subjetivo, en tanto forma parte de la identidad de cada uno. Como consecuencia, dentro del ámbito de la Unión Europea, se ha dado cabida a la autonomía de la voluntad del sujeto cuando existe un conflicto de leyes en este sentido, para así lograr que este posea una misma denominación en todos los Estados Miembros. Ello ha sido consecuencia de diversos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que busca garantizar el ejercicio de los derechos y libertades comunitarias de cada uno.