Resumen: La obra musical encuentra protección en el ordenamiento jurídico español a través de la Ley de Propiedad Intelectual. Debe cumplir con varios requisitos para recibir dicha protección, siendo la originalidad el requisito fundamental sin el cual la obra musical no encontrará protección por parte de nuestra Ley. Además, se analizan casos concretos en función del grado de originalidad que se exige dependiendo del tipo de música (asistida, autómatica, etc.) y se estudian distintos tipos de obras recogidos en la Ley. Se analiza de forma más exhaustiva el Libro Primero, relativo a los derechos de autor, pero también parte del Libro Segundo, sobre otros derechos de Propiedad Intelectual, en concreto derechos de los artistas ejecutantes y otros sujetos.