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TAZ-TFG-2020-608
Análisis de los límites de la eximente de obrar en cumplimiento de un deber en el ámbito castrense. En especial, el deber de obediencia.
Resumen: En este Trabajo Fin de Grado se va a estudiar los requisitos y límites de la eximente de responsabilidad criminal relativa a obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo, recogido en el artículo 20.7º del Código Penal Español. Más concretamente, centraremos nuestro análisis en la aplicación de esta eximente en el ámbito estrictamente castrense, atendiendo a la importancia que tiene el deber de obediencia y las consecuencias jurídico-penales de la obediencia de mandatos ilícitos en la jerarquización de la disciplina militar. Las Fuerzas Armadas españolas tienen encomendado la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, la defensa de su integridad territorial y el ordenamiento constitucional . En este sentido, el profesional militar ejerce funciones operativas, técnicas, logísticas y administrativas en sus cometidos de preparación para el combate, operaciones de paz y ayuda humanitaria, operaciones de evacuación y rescate en el extranjero o territorio hostil y de instrucción, adiestramiento y formación militar y en valores. Estas funciones deben ser cumplidas de acuerdo con los principios de eficacia y jerarquía predicables de toda la Administración Pública, al que se refiere el artículo 103 de la Constitución Española y el que determina la relevancia del cumplimiento de los deberes militares. De todas las obligaciones que se imponen al militar, aquellos deberes de mayor arraigo en las leyes militares son el deber de obediencia y de la disciplina. Estos deberes militares están amparados en el Derecho Penal militar y el Derecho Disciplinario militar en la medida que constituyen la esencia de la organización castrense y su dispositivo legal de actuación en el desempeño de las misiones que encomiendan los artículos 8.1 y 104 de la Constitución Española a las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.