La formación que se debe proporcionar a los directivos y empleados de la persona jurídica como elemento esencial del criminal compliance program
Resumen: En el apartado quinto del art. 31 bis CP se recogen los seis requisitos que debe cumplir el modelo de organización y gestión para que se pueda considerar que es idóneo y ha sido ejecutado con eficacia. Sin embargo, no se alude en ninguno de estos requisitos a la necesidad de que se proporcione formación a los directivos y empleados de la empresa u organización en materia de criminal compliance. Por ello, cabe preguntarse si realmente se debería eximir de responsabilidad «penal» a una persona jurídica si no se ha preocupado de que sus trabajadores reciban formación adecuada en esta materia.
Idioma: Español
Año: 2025
Publicado en: La Ley (Madrid. 1980. Ed. diaria) 10653 (2025), [11 pp.]
ISSN: 1138-9907

Tipo y forma: Artículo (PostPrint)
Área (Departamento): Área Derecho Penal (Dpto. Dcho.Pe.,Filos.D.e Hª D.)

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Exportado de SIDERAL (2025-01-30-16:18:40)


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 Registro creado el 2025-01-30, última modificación el 2025-01-30


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