La responsabilidad «penal» de las personas jurídicas en los delitos de enaltecimiento del terrorismo y de humillación de sus víctimas
Resumen: Las personas jurídicas pueden responder «penalmente» por los delitos cometidos por sus dirigentes o empleados si se dan ciertos requisitos. Desde el año 2019 estas entidades pueden ser condenadas por todos los delitos de terrorismo regulados en el Código Penal, incluidos los delitos de enaltecimiento del terrorismo y de humillación de sus víctimas. No obstante, se plantea el interrogante de si en estos casos se podrá cumplir el requisito consistente en que el delito se haya cometido «en beneficio directo o indirecto» de la persona jurídica.

Legal entities may be held “criminally” liable for crimes committed by their directors or employees if certain requirements are met. Since 2019, these entities can be convicted of all terrorist crimes regulated in the Criminal Code, including crimes of glorifying terrorism and humiliation of its victims. However, the question arises as to whether in these cases the requirement that the crime has been committed “for the direct or indirect benefit” of the legal entity can be met.

Idioma: Español
Año: 2025
Publicado en: Revista Aranzadi doctrinal 3 (2025), [16 pp.]
ISSN: 1889-4380

Tipo y forma: Article (Published version)
Área (Departamento): Área Derecho Penal (Dpto. Dcho.Pe.,Filos.D.e Hª D.)

Rights Reserved All rights reserved by journal editor


Exportado de SIDERAL (2025-03-07-09:33:46)


Visitas y descargas

Este artículo se encuentra en las siguientes colecciones:
Articles > Artículos por área > Derecho Penal



 Record created 2025-03-07, last modified 2025-03-07


Versión publicada:
 PDF
Rate this document:

Rate this document:
1
2
3
 
(Not yet reviewed)