Resumen: La capacidad de autodeterminación de la persona constituye, a nuestro juicio, el presupuesto esencial para la formación del consentimiento sexual, piedra angular del ejercicio de la libertad sexual, en sus diversas manifestaciones. Sobre tal fundamento, el consentimiento sexual, como expresión de la voluntad del individuo para involucrarse en esta clase conductas, presenta conflictos en cuanto a la determinación de sus elementos centrales –o esenciales– frente a los factores periféricos –accidentales o circunstanciales–. El artículo trata de discernir entre ambos factores y la trascendencia jurídico-penal de su concurrencia o ausencia a la hora de valorar la existencia y validez del consentimiento sexual, con especial referencia a ciertos casos de prácticas de violencia consentida en el ámbito sexual, también en las relaciones que desarrollan los menores de la edad de consentimiento sexual con otros próximos en edad y desarrollo.
The person's capacity for self-determination constitutes, in our view, the essential presupposition for the formation of sexual consent, the cornerstone of the exercise of sexual freedom, in its various manifestations. On this basis, sexual consent, as an expression of the individual's will to engage in this type of behavior, presents conflicts regarding the determination of its central - or essential - elements versus peripheral -accidental or circumstantial- factors. The article tries to discern between both factors and the legal-criminal significance of their concurrence or absence when assessing the existence and validity of sexual consent. Idioma: Español Año: 2025 Publicado en: REVISTA GENERAL DE DERECHO PENAL 43 (2025), 61 ISSN: 1698-1189 Originalmente disponible en: Texto completo de la revista