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000047937 1001_ $$aPons Mateo, Montserrat.
000047937 24500 $$aVALORACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR. Actuación, responsabilidades, y proceso de incapacitación.
000047937 260__ $$aZaragoza$$bUniversidad de Zaragoza$$c2015
000047937 506__ $$aby-nc-sa$$bCreative Commons$$c3.0$$uhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/
000047937 520__ $$aEl trabajo es una revisión sobre la evaluación de la capacidad en una persona o paciente, la responsabilidad de los profesionales; y el proceso de incapacitación. Es responsabilidad del médico el evaluar la capacidad de obra de su paciente, pues debe decidir su plan diagnóstico y de tratamiento. Hay estudios que defienden al McCAT-T como la mejor herramienta, aunque deben realizarse más estudios de validación. El médico forense actúa como perito siendo menester del Juez la determinación de la capacidad. La capacidad del paciente puede ser fluctuante, y además, depende de la importancia de la decisión a tomar, no debiendo presuponerse. Si la disminución de la capacidad se prevé permanente, se tramitará la incapacitación, un proceso judicial, “legal”, graduable y provisional (revisable) para garantizar la protección de la persona, y actuar en su máximo beneficio. La Sentencia, emitida por el juez, nombra a la persona o institución responsables del incapaz, así como la extensión y los límites de la determinación de la capacidad. Por su parte, la legislación deja aspectos sin tratar o susceptibles de mejora. El paciente debe ser informado siempre y decidir su tratamiento en la medida de lo posible. Si el paciente tras ser informado de forma correcta, y actuando en plenas facultades toma una decisión deberá respetarse su decisión, aunque esté en contra de la opinión del médico o familia. En las situaciones de incapacidad el Consentimiento informado por representación lo firmará su representante legal, o quien identificado, actúe como guardador de hecho. Si hay documento previo de voluntades anticipadas, se respetará el documento, si no lo hay decidirán los representantes legales, y si no hay ninguna persona, debe decidir el facultativo, pudiendo consultar con el comité de ética del centro. En última instancia se dará parte al Juez.
000047937 521__ $$aGraduado en Medicina
000047937 540__ $$aDerechos regulados por licencia Creative Commons
000047937 700__ $$aBescós Biel, María Luisa$$edir.
000047937 7102_ $$aUniversidad de Zaragoza$$bAnatomía Patológica, Medicina Legal y Forense y Toxicología$$cMedicina Legal y Forense
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