Resumen: El método de marketing actual apunta a la idoneidad de los signos olfativos para la comercialización de los productos y servicios en el mercado. Este trabajo analiza cómo, paradójicamente y a pesar de este hecho, el perfume sigue dependiendo de mecanismos que confieren un nivel inferior de protección; a través de la denominación de la marca notoriamente conocida, o de la Ley de Competencia Desleal. Sin duda alguna, la última reforma del Derecho de Marcas de la UE junto al avance tecnológico, premiará la creatividad y la innovación de la industria de la perfumería de lujo, sector donde la crisis y el auge de la imitación no han impedido que presente, en la actualidad, su mejor faceta. Con todo ello, continúa siendo una deuda pendiente la configuración de mecanismos que permitan el acceso del aroma a un registro, otorgando a su titular un derecho de exclusiva.