Resumen: Actualmente estamos presenciando una proliferación de las tarjetas de crédito y móviles como medios de pago. Todas estas transacciones y pagos quedan reflejadas en las cuentas bancarias constituyendo información financiera relevante para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Mientras que por un lado, los bancos y las entidades de crédito protegen todas las operaciones que sus clientes lleven a cabo con ellas, siendo esta debida confidencialidad la materialización de la histórica institución del secreto bancario. Por otro lado, nuestro ordenamiento prevé un deber de colaboración de dichas entidades frente a los requerimientos de nuestra Administración Tributaria. La conveniencia de aplicar o levantar el secreto bancario frente a estos requerimientos genera el conflicto de interés sobre qué deber debe de preponderar.