Resumen: En España, el origen de la mayoría de cajas de ahorros está en los Montes de Piedad, que eran casas de empeños orientadas a los más necesitados. Tradicionalmente, las cajas de ahorros se han dedicado únicamente al fomento del ahorro mediante la captación de depósitos, por los que pagaban interés, y a efectuar préstamos, pero no financieros. Además, sus clientes tradicionales han sido particulares y PYMEs, y su ámbito de actuación solía ser local o regional. Sin embargo, en España, en 1977 se eliminaron las restricciones legales a su actividad tradicional, lo que les permitía ofrecer los mismos servicios que los bancos. Actualmente, la Ley 26/2013 obliga de nuevo a las Cajas de Ahorros a operar dentro de su comunidad autónoma de origen y a no sobrepasar un activo de 10.000 millones de euros, centrándose en la captación de depósitos y la financiación de PYMEs. Actualmente en España ha finalizado un proceso de reforma que implica la transformación en fundaciones bancarias de todas aquellas cajas de ahorros poseedoras bien de un activo superior a 10.000 millones de euros o bien de una cuota superior al 35% del total de los depósitos obtenidos en su comunidad autónoma. Las fundaciones bancarias tienen como finalidad la gestión de la obra social y de la participación financiera en una entidad de crédito. La nueva regulación supone la desaparición de todas las cajas de ahorros existentes con excepción de Caja Ontinyent y Caja Pollença. El trabajo termina con un ejemplo de entidad aragonesa, Ibercaja.